Familia Sustituta – Colocación Familiar

COLOCACIÓN FAMILIAR

Es una medida legal de protección dictada por el juez del tribunal de protección del niño, niña y del adolescente, cuando se produce una amenaza o violación de sus derechos o garantías, con el objeto de restituirlos. Es una manera de ayudar y proteger a los niños y adolescentes cuando viven situaciones difíciles en su familia de origen.

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Niños susceptibles a una colocación familiar

Son los niños y niñas desde recién nacidos hasta preadolescentes, grupos de hermanos, niños especiales, que se encuentren protegidos en una entidad de atención, sin posibilidad a mediano plazo de ser reintegrados a su familia biológica.

Es una medida diferente a la adopción.

Mientras que la adopción es una medida irrevocable e irreversible en el cual el niño adquiere el estatus de hijo, el acogimiento familiar es una medida provisional donde el niño puede crecer como un miembro más de esa familia, pero manteniendo algún tipo de vínculo con su familia biológica. Excepcionalmente puede pasarse de la colocación a la adopción.

En las Entidades de Atención muchos niños sueñan con una familia de acogida como la tuya.   Son niños y niñas entre 0 meses y 6 años que presentan características y necesidades diferentes, grupos de hermanos, niños de otras etnias, etc. Y todos tienen algo en común: necesitan una familia que los proteja y los quiera.

Este proceso se inicia con un taller de inducción donde se expone el objetivo primordial del programa de acogimiento familiar, dándose a conocer los fundamentos legales de la ley orgánica para la protección del niño y del adolescente. Posteriormente serán evaluados por un equipo multidisciplinario integrado por psiquiatras, psicólogos, abogados y trabajadores sociales con el objeto básico de aclarar dudas e inquietudes.

Participe y siéntase un ciudadano de una sociedad solidaria.

Durante todo el proceso Usted estará asesorado y acompañado por profesionales.